Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 28 marzo 2024.

El Tribunal Supremo da la razón a CCOO y ordena a Liberbank establecer un sistema de clasificación de sus oficinas

    Toledo, 7 de febrero de 2018. El Tribunal Supremo ha dado la razón a CCOO y ha ordenado a Liberbank establecer sin demora un sistema de clasificación de sus oficinas (aproximadamente 770 en la actualidad) para que sus responsables puedan conocer, consolidar y cobrar, su correspondiente categoría profesional.

    07/02/2018.

    "Esta sentencia va a beneficiar a muchas personas, ahora y en el futuro; y estamos por ello muy satisfechos por el resultado conseguido y también, por lo que nos ha costado conseguirlo", ha indicado Rafael García Ledesma, responsable de la Sección Sindical de CCOO en Liberbank.

    "El Supremo pone punto final a un larguísimo proceso que comenzamos hace dos años; primero requiriendo a la empresa una solución amigable, acudiendo luego a las distintas Inspecciones de Trabajo y finalmente interponiendo demanda en la Audiencia Nacional."

    CCOO ya ganó en 2016 la demanda contra Liberbank en la Audiencia Nacional, que condenó a la entidad "por no efectuar la clasificación de oficinas ni, consecuentemente, aplicar las consolidaciones de categoría que corresponden a las personas responsables de las mismas, así como por no facilitarnos la información que precisamos para vigilar el correcto cumplimiento de todo lo anterior."

    "Liberbank, por su parte, fiel a su estilo de demorar las cosas todo lo posible, en vez de acatar la contundente sentencia de la AN, prefirió presentar recurso ante el Tribunal Supremo."

    "Ahora, año y medio después, hemos recibido la sentencia Tribunal Supremo desestimando el recurso de la empresa y ratificando en todos sus términos la sentencia previa de la Audiencia Nacional; por lo que, en este tema, a Liberbank ya se le acabó el recorrido y no le va a quedar más remedio que cumplir con lo establecido en el Convenio Colectivo", subraya García Ledesma.

    "La normativa (Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo, etc.) establece que todas las oficinas deben ser clasificadas siguiendo determinados criterios; que los representantes sindicales debemos ser informados para que podamos comprobar que todo se realiza correctamente; y que las personas responsables de cada centro consolidarán una determinada categoría por el trascurso del tiempo en el desempeño de esa función."

    "Todo esto le resulta muy molesto a Liberbank, que en vez de reconocer a los responsables de las oficinas las categorías que les corresponden, prefiere inventarse y aparentar que les "regala" complementos absorbibles; para así poder quitar y poner salarios según sus propios designios y perpetuar en lo posible la amenaza de ‘a que te lo quito’."

    "Por ello, desde el principio de su existencia, Liberbank, sabiendo que individualmente la gente tiene mucho más miedo, ha preferido no darnos ningún tipo de información o darnos aquella con la que sabe no vamos a poder sacar nada en claro puesto que, una vez carecemos de información, tiene las manos libres para hacer -o no hacer, como es el caso- una clasificación de oficinas a su gusto; y de esta forma intentar no consolidar a nadie jamás."

    García Ledesma recuerda al respecto "la significativa anécdota ocurrida en el juicio, cuando el responsable del departamento de ‘interpretaciones perversas’ de la entidad manifestó sin ningún tipo de rubor que con lo que nos entregaban como información era imposible que sacáramos ninguna conclusión y que los datos facilitados no valían para nada. Le faltó reconocer que por eso lo hacían."

    Por otro lado, el responsable de la sección sindical de CCOO en Liberbank lamenta que "a pesar de la importancia presente y futura de lo demandado, una vez más, nos hemos visto bastante solos en esta pelea. En la Audiencia Nacional sólo dos sindicatos se adhirieron a nuestra demanda para, al menos, mostrar su apoyo. Porque el resto, ni eso."

    "Por ello, en esta ocasión, queremos hacer una mención especial a CSICA, UGT, CSI, APECASYC e Independientes, por su absoluto pasotismo en este tema y por dejar que, como suele ocurrir, sea CCOO quien, de nuevo, se encargue de buscar una solución al problema."

    "Al final, como los tribunales nos han dado la razón en todo, la agresión a los derechos la plantilla debe finalizar sin demora ya que, tras la sentencia del Tribunal Supremo, Liberbank está obligada a (textualmente): Establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo; facilitar información suficiente a los representantes de los trabajadores que permita el conocimiento del sistema de clasificación de oficinas, así como la comprobación de la clasificación que realiza la empresa; realizar la consolidación de las categorías que correspondan a los afectados; y abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles"

    El responsable de la sección sindical de CCOO en Liberbank explica que "lo demandado y ganado por CCOO afecta a todas las personas que han sido, son o serán responsables de oficinas; o, como a Liberbank le gusta denominar, ‘directivos’."

    En la actualidad, Liberbank cuenta con una red de unas 770 oficinas (casi 900 hace un año), si bien el número de ‘responsables’ puede ser menor, dado que las oficinas más pequeñas pueden depender de otras y no tener ‘directivo’.