Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 26 abril 2024.

Curso de “Prevención y Actuación en acoso y violencia en el trabajo”

    Albacete, 23 de octubre de 2019. La propuesta formativa, organizada a través del programa de formación continua del Ayuntamiento de Albacete, en colaboración con FOREM CLM, está dirigida a la comisión evaluadora de conflictos del protocolo de acoso y violencia en el trabajo. El objetivo de la propuesta es analizar las formas de intervención ante los distintos supuestos de acoso laboral.

    23/10/2019.
    María José Romero Ródenas, decana de la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos de la UCLM

    María José Romero Ródenas, decana de la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos de la UCLM

    La tercera sesión del curso ha corrido a cargo de María José Romero Rodenas, Catedrática de Derecho del Trabajo y Decana de la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos de Albacete.

    Partiendo del marco legal del acoso laboral, Romero ha abordado en profundidad tanto las acciones que se deben practicar dentro de la empresa, a través de procedimientos o protocolos de gestión de denuncias del acoso laboral, como las que se deben lleven desde las instancias públicas, administrativas o judiciales. Así mismo, ha subrayado la importancia de identificar y evaluar la existencia de factores de riesgo psicosocial antes de que estos riesgos se hayan materializado en cualquier manifestación de estrés o de violencia en el trabajo.

    El curso de 20 horas de duración distribuidas en 4 sesiones, dio comienzo el pasado miércoles, 9 de octubre con el objeto de estudiar la psicología ambiental como campo teórico y aplicado que se ocupa de estudiar la interacción entre los seres humanos y el medio en el que se encuentran; y conocer los aspectos jurídicos relacionados con el acoso y violencia en el trabajo.

    La acción formativa incluye entre otros temas, el acoso laboral (mobbing): conceptos, clases de acoso y diferencias con otras figuras (síndrome burn-out y de fatiga crónica); consideración del acoso laboral como accidente de trabajo; medidas preventivas del acoso laboral; protección jurídica frente al acoso laboral: órganos judiciales competentes, acciones a ejercitar y procedimientos; especial consideración del mobbing en las Administraciones públicas.